Cuentapropistas capitalinos debaten Anteproyecto del Código de Trabajo

Una sesión de debate sobre el anteproyecto del Código de Trabajo reunió a Cuentapropistas que laboran en el Área de Comercialización del Puente de 100 y Boyeros, en el marco del proceso de consulta nacional convocado para someter la propuesta a la opinión de los colectivos laborales.

El anteproyecto, presentado propone actualizar la legislación vigente para adecuarla a las transformaciones socioeconómicas recientes, y el proceso de consulta se desarrolla con el objetivo de incorporar aportes de los propios trabajadores antes de su aprobación definitiva.

Amed Pérez López, administrador del Área de Comercialización del Puente de 100 y Boyeros dijo: Si bien en los últimos tiempos muchos han tomado conciencia de la importancia de este documento para formalizar las relaciones de trabajo en el sector no estatal, aún hay quienes lo ignoran, y violan algo que establece claramente la actual Ley 116, Código de Trabajo vigente desde 2014.

Acompañados por la integrante del secretariado nacional del Sindicato de los Trabajadores del Comercio, la Gastronomía y los Servicios (SNTCGS,) Lourdes Soria Vegue, Jorge Gutie Sánchez, secretario general del Buró Sindical Extraterritorial de los Nuevos Actores Económicos en La Habana, Amed Pérez López, administrador del Área de Comercialización del Puente de 100 y Boyeros, y Yulisney Rivera Romero, miembro del Secretariado Municipal de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) de Boyeros, el tema del contrato de trabajo entre empleados y empleadores centro parte de las intervenciones durante la reunión de análisis del Anteproyecto de Ley del Código de Trabajo por los cuentapropistas.

Ante la pregunta de Joaquín Choy Méndez, secretario general del Buró Sindical en el Puente de 100 y Boyeros, acerca de si era necesario el asesoramiento de un abogado para elaborar el contrato, se explicó que en el Anteproyecto se exponen claramente los asuntos que debe contener ese documento. Foto: Jorge Luis Sánchez Rivera.

Trascendió que si bien en los últimos tiempos muchos han tomado conciencia de la importancia de este documento para formalizar las relaciones de trabajo en el sector no estatal, aún hay quienes lo ignoran, y violan algo que establece claramente la actual Ley 116, Código de Trabajo vigente desde 2014.

Jorge Gutie Sánchez, secretario general del Buró Sindical Extraterritorial de los Nuevos Actores Económicos en La Habana y miembro del Comité Nacional del Sindicato de Trabajadores del Comercio, la Gastronomía y los Servicios (SNTCGS), y  Amed Pérez López, administrador del Área de Comercialización del Puente de 100 y Boyeros han defendido la importancia de que el contrato sea hecho de forma escrita y no verbal.

Crescencio Hernández Escalona, jefe de sección jurídica de la CTC, subrayó que el contrato resulta esencial en aras de garantizar la protección de las personas trabajadoras y sus derechos laborales. Aclaró que este contrato de trabajo se acuerda por escrito con ejemplares, tanto para el empleador como la persona trabajadora.  En este, dijo, deben estar expuestos los deberes y derechos de cada una de las partes.

Jorge Gutie Sánchez, secretario general del Buró Sindical Extraterritorial de los Nuevos Actores Económicos en La Habana defendió la importancia de que el contrato sea hecho de forma escrita y no verbal. Foto: Jorge Luis Sánchez Rivera.

Afirmó que el empleador está obligado a pagarle a la persona contratada una remuneración proporcional a la calidad y cantidad del trabajo aportado, garantizarle las condiciones de trabajo y el pleno disfrute de los derechos de trabajo y seguridad social que establece la legislación.

Ante la pregunta de Joaquín Choy Méndez, secretario general del Buró Sindical en el Puente de 100 y Boyeros, acerca de si era necesario el asesoramiento de un abogado para elaborar el contrato, Crescencio aseveró que en el Anteproyecto se exponen claramente los asuntos que debe contener ese documento.

Los cuentapropistas también plantearon inquietudes sobre el régimen de trabajo y descanso; y duración de la jornada, la cuantía de la remuneración, así como la periodicidad de los pagos.

Lourdes Soria Vegué, integrante del Secretariado del Sindicato Nacional de los Trabajadores del Comercio, la Gastronomía y los Servicios significó que también en el sector no estatal hay que respetar y hacer valer los derechos de la trabajadora gestante y que esta disfrute de una licencia retribuida en la forma y cuantía establecidas en la legislación específica de maternidad. Foto: Carlos Manuel Serpa

Amed Pérez López, administrador del Área de Comercialización del Puente de 100 y Boyeros, subrayó la necesidad de hacer bien los contratos, pues algunos no están firmados por el titular y agregó que el anteproyecto prohíbe el uso de contratos por tiempo determinado.

Otra de las dudas estuvo relacionada con la creación de la póliza de seguro, ante lo cual se aclaró que esto es novedoso, y contempla la obligación de los empleadores de contratar una póliza de seguro para proteger los ingresos de las personas trabajadoras ante una interrupción laboral o el cese de la relación laboral por motivos económicos, tecnológicos y estructurales; disolución de la mipyme; y suspensión temporal del ejercicio de la actividad del empleador.

Lourdes Soria Vegué, miembro del Secretariado Nacional del SNTCGS, significó que también en el sector no estatal hay que respetar y hacer valer los derechos de la trabajadora gestante y que ésta disfrute de una licencia retribuida, en la forma y cuantía establecidas en la legislación específica de maternidad.

El encuentro sirvió como punto de partida para el análisis minucioso del documento que, tras su aprobación, regirá las relaciones de trabajo en el país.

Este anteproyecto del Código de Trabajo en Cuba es una oportunidad que tiene el trabajador para sugerir modificaciones, siempre en beneficio de quienes se identifican con el documento y apuestan por su puesta en vigor.

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