El presidente de Colombia declara la emergencia económica social y ecológica para La Guajira

El presidente de Colombia, Gustavo Petro, firmó el decreto que declara el estado de emergencia económica, social y ecológica en el departamento de La Guajira.

El decreto 1085 prioriza a 11 sectores para enfrentar la crisis humanitaria, abordar la situación institucional que vive el departamento y mitigar los fenómenos climáticos de alto impacto.

El documento precisa que para «garantizar la supervivencia de las personas afectadas en condiciones dignas», el ejecutivo enfocará sus esfuerzos en los sectores de salud, agua y saneamiento básico, agropecuario y rural, medioambiental, educación, energía, transporte, tributos e inversiones, inclusión, tecnologías de la información y las comunicaciones y medidas presupuestarias, planeación y contratación.

Petro también hizo un llamado a la Corte Constitucional para que respalde dicha declaratoria.

Algunos puntos del decreto

  • Se requieren medidas legislativas para reorganizar la estructura y funcionamiento del sistema de salud en La Guajira a través de un modelo intercultural propio concertado con las autoridades tradicionales del pueblo wayuu y otras comunidades.
  • Se necesita la disposición de fuentes de recursos para priorizar la estructuración e· implementación de intervención en infraestructura y esquemas de gestión de agua y saneamiento básico, en el departamento.
  • Se dispondrá de las competencias establecidas en la Ley 142 de 1994 para asegurar la prestación eficiente de los servicios públicos de agua y saneamiento básico durante el tiempo que dure la emergencia o hasta que las entidades correspondientes asuman una prestación eficiente.
  • Se requieren medidas extraordinarias que permitan flexibilizar los requisitos y condiciones de la contratación de las entidades del sector agropecuario cuando se trate de convenios o contratos con personas naturales, entidades sin ánimo de lucro, Cabildos Indígenas, Asociaciones de Autoridades Tradicionales Indígenas y Consejos Comunitarios de las comunidades negras regulados por la Ley 70 de 1993″.
  • Se confirma la necesidad de subsidiar la implementación de techos solares, las microredes, los proyectos de energía distribuida y el almacenamiento de energía, además de implementar la transformación de termoguajira.
  • Se hace preciso adoptar medidas de atención para la primera infancia.
  • Se hace necesario adoptar medidas de rango legislativo que permitan agilizar el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones.

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