Publica Gaceta oficial Normas Complementarias de la Ley 164 del Presupuesto del Estado en 2024

El Ministerio de Finanzas y Precios publicó este martes 16 de enero, en la Gaceta Oficial, número 5, de la República de Cuba las normas complementarias a la Ley 164 del Presupuesto del Estado en 2024, en la  que se ratifica su carácter social, de prioridad a los servicios fundamentales y con aseso universal a toda la población.

Se establece como prioridad presupuestaria del año en curso, la gestión sobre el manejo del déficit fiscal con vistas a reducir su valor. Potenciar la captación de ingresos y generar mayores  valores de la economía y que a través del sistema tributario se logresu redistribución.

El Ministro de Finezas y Precios, Vladimir Regueiro Alex explicó, en conferencia de prensa, que las medidas de adecuación de los tributos indirectos tendrá una dinámica en correspondencia con el crecimiento de la prestación de servicios y la producción fundamentalmente en el sector no estatal.

Se destaca la  eliminación de las exenciones de impuestos a los actores económicos, no estatales, de seis meses y un año, en ocasión de su constitución y reconversión a mypimes y cooperativas No Agropecuarias.Aclaró que los incentivos tributarios tienen un carácter temporal, requieren de una evaluación sistemática y que ya hoy  sus propósitos han sido cumplidos. 

A partir del deterioro del déficit fiscal se requiere potenciar los ingresos, “no se trata de potenciarlos a ultranza sino de aplicar el sistema tributario basado en los principios de generalidad, equidad y que cada quien aporte de conformidad con  su capacidad  económica”, dijo que no se le exigirá a un actor económico estatal o no un aporte que no esté en correspondencia con su capacidad económica.

Asimismo se evaluó la incorporación de los trabajadores contratados en los PDL como sujeto del pago de la contribución Especial a la Seguridad Social y se homogeniza la aplicación  de los tributos sobre los Ingresos Personales y la Contribución Especial a la Seguridad Social al personal contratado por las mipymes y las CNA.

Otra de las modificaciones a las que hizo mención el titular de Finanzas y Precios es la regulación sobre Ingresos personales en el sector agropecuario, tributo en el que se trabaja desde hace un tiempo y que hoy se ratifica como beneficio la reducción de la carga impositiva de un 5% a un 2%  por el acopio de todas las producciones del sector campesino. Significó que esta disposición tiene como propósito  potenciar el crecimiento, facilitar el desarrollo de las producciones, así como mejorar las condiciones de trabajo  de los productores y el acceso a financiamientos.

Regueiro Alex insistió que el tributo por la ociosodad de tierras agrícolas y forestales en las provincias y municipios no tiene un carácter recaudatorio, sino de incentivar el uso y explotación de las mismas para lograr mayores niveles productivos. Se insiste con los gobiernos locales, en priorizar la gestión de este tributo en apoyo a la estrategia  de producción de alimentos en cada localidad.

Otra de las resoluciones previstas en la Ley 164 del Presupuesto del Estadoestá asociada a las adecuaciones realizadas al pago por ingresos personales a los trabajadores que reciben gratificaciones y que no había sido actualizado con el ordenamiento monetario.

Subrayó, en relación con el impuesto sobre las ventas y los servicios, que hasta el año anterior no estaban grabadas determinadas operaciones de comercialización que realizaban las micro, pequeñas y medianas empresas, “el impuesto sobre ventas y los servicios que se aplica a razón de un 10%  de tipo impositivo y este año se generaliza la aplicación del mismo a todas las operaciones sin distinciones entre comercialización mayorista o minorista”.

Agregó que en las actuales circunstancias y en la forma en que ha crecido el sector no estatal, en especial para las actividades de comercialización ha quedado demostrada una especial capacidadde contribución por estos actores económicos. Señaló además que este tributo va orientado al presupuesto de los gobiernos municipales.

En las normas complementarias también se actualizan los procedimientos básicos para la asignación de los recursos y notificaciones de estos para los titulares de presupuestos. Varias metodologías han sido dispuestas para ganar en control y gestión de los recursos en los presupuestos locales.

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