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80 Preguntas y respuestas sobre el anteproyecto de Nueva Ley de Seguridad Social
13 de Agosto de 2008, 11:20 a.m.

57. ¿Los pensionados que se reincorporen al trabajo con autorización excepcional podrán recibir subsidio por enfermedad y accidente y a su vez continuar disfrutando del cobro de su pensión?

Sí. El anteproyecto de nueva Ley establece precisamente eso, a diferencia de la Ley actual.

58. ¿Por qué todos los trabajadores no contribuían a la seguridad social y se plantea en lo adelante hacerlo?

En el año 1994 se aprobó la contribución especial a la seguridad social, por ello aparece en el artículo 56 de la Ley No. 73 "Del Sistema Tributario". En su momento se decidió no aplicarlo hasta que no se incrementaran los salarios a los trabajadores, para no afectarlos. Actualmente solo contribuyen los trabajadores que laboran en las empresas en perfeccionamiento, los de la flota pesquera de plataforma y recientemente fueron incluidos los de tribunales y fiscalía.

Se ha decidido dar continuidad y extender a todos los trabajadores la contribución a la seguridad social, en la misma medida en que se realicen los incrementos salariales.

59. ¿Cuál es el por ciento que deben aportar los trabajadores a la seguridad social?

Se prevé que los trabajadores contribuyan de forma módica al financiamiento de la seguridad social. Los aportes serán:

60. ¿Qué requisitos debe cumplir el trabajador para tener derecho al subsidio por enfermedad o accidente?

Solo se exige como requisito que el trabajador se encuentre en servicio activo cuando el accidente ocurre o se inicie la enfermedad. Este es un derecho que establece la Ley actual y se mantiene en el anteproyecto de nueva Ley.

61. ¿Tiene derecho al subsidio el trabajador que se enferma o accidenta encontrándose de licencia no retribuida?

No. Cuando el trabajador disfruta de licencia no retribuida no devenga salario, por tanto, no le asiste el derecho al subsidio, principio de la Ley actual, que se mantiene vigente en el anteproyecto.

En el caso de disfrutar de licencia no retribuida con fecha fija de terminación, el trabajador tiene derecho a recibir el subsidio a partir del cuarto día laborable siguiente al de la fecha en que debió reintegrarse al trabajo por conclusión de la licencia. Si el trabajador está hospitalizado al concluir la licencia, se le concede el subsidio desde la fecha en que debió reintegrarse al trabajo.

62. ¿Tiene derecho al subsidio el trabajador que se enferma o accidenta encontrándose de vacaciones?

Cuando la enfermedad o accidente ocurre durante el periodo de vacaciones, el trabajador tiene derecho a recibir subsidio a partir del cuarto día laborable siguiente al de la fecha en que debió reintegrarse al trabajo por conclusión de las vacaciones. Si el trabajador está hospitalizado al concluir las vacaciones, se le concede el subsidio desde la fecha en que debió reintegrarse al trabajo.

63. ¿De acuerdo con el anteproyecto de nueva Ley, cuál es el máximo de tiempo durante el cual puede recibir subsidio un trabajador?

Puede recibir subsidio hasta seis meses, el cual podrá prorrogarse a seis meses más solo por la comisión de peritaje médico laboral.

64. ¿Si al concluir los 12 meses en los que el trabajador puede recibir subsidio por enfermedad o accidente, este continúa enfermo, qué es lo que procede?

La comisión de peritaje médico laboral está en la obligación de determinar si el trabajador está apto para trabajar o si se encuentra incapacitado parcial o totalmente.

Se exceptúa de la limitación de los 12 meses al trabajador que presenta determinadas patologías de carácter prolongadas, definidas por el Ministerio de Salud Pública.

65. ¿La pensión por invalidez parcial resulta de aplicar un porcentaje a la diferencia del salario anterior y el nuevo salario, ¿el salario anterior es el salario promedio de todo lo que se considera salario o es el de la escala, según el cargo que desempeñaba?

El salario anterior es el salario promedio de todo lo que se considera salario.

66. ¿Si se disminuye el salario se modifica la pensión por invalidez parcial?

La pensión por invalidez parcial tiene el objetivo de compensar la disminución del salario que a causa de la invalidez ha tenido el trabajador, por lo que si el salario disminuye por otras causas que no son la invalidez, no procede modificar la pensión, pero si es a causa de la invalidez que se cambió de cargo o reduce la jornada laboral, sí se modifica la pensión.

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